Tiempo de vacaciones, tiempo de trajín en los aeropuertos y normalmente con daños colaterales sufrido por los pasajeros. Overbooking (sobreventa de billetes) retrasos, cancelaciones, perdida de equipajes, una larga lista de posibles que pueden arruinarnos parte de esos días de descanso.
Cuando nos vemos inmersos en uno de estos supuestos, los nervios, la angustia o el estado de furia no son los mejores consejeros y en todo este maremagnun nos podemos olvidar detalles que luego a la hora de reclamar suelen ser importantes.
El primero de ellos y fundamental en toda esta cadena, es conservar toda la documentación posible, reserva, billete, tickets de gasto, comprobante de maleta etc.
Segundo que las prisas no nos hagan perder el horizonte, las reclamaciones e indemnizaciones se pueden interponer hasta dos años después del incidente y lo podemos hacer desde nuestra casa por medio de las vías electrónicas puestas a nuestra disposición.
Otra cosa es la inmediatez para solucionar, aunque sea en parte, el inconveniente. Lo primero tratar con la compañía para ver qué posibilidades nos ofrece, la ubicación en una clase superior, otra ruta alternativa para llegar a destino o el alojamiento y manutención hasta el nuevo embarque son los objetivos primeros.
En caso de pérdida o deterioro de equipaje solicitar las hojas de reclamación pertinente en los mostradores que normalmente todas las compañías o incluso el aeropuerto dispone para ello. Rellenar y completar con todos los datos y señales de identificación posible (pérdida de maleta) Hay tres supuestos en el caso de equipaje que son, pérdida, deterioro o retraso y las indemnizaciones correspondientes a cada una pueden verse aumentadas si se ha realizado una declaración especial de valor en el momento de la facturación. Para el caso de daños del equipaje tienes 7 días desde la recepción del mismo para efectuar la reclamación pertinente.
Las indemnizaciones se fijan en Derechos Especiales de Giro que cotiza a 1 Euro igual a 0,795 DEG aproximadamente, estando fijado un monto para vuelos nacionales de hasta 500DEG y en internacionales de hasta 1.100DEG.
El derecho a compensación por retrasos de un vuelo se calcula en función del tiempo y la distancia. Cuando el retraso a sido superior a 3 horas y la distancia menor de 1.500km 250euros por pasajero, si la distancia es superior a 1.500km pero inferior a 3.500 unos 400 euros/pasajero y si es de más de 3.500km será de 600euros por pasajero.
El derecho a reembolso es para los casos de cancelación de un vuelo y siempre que no se haya utilizado una vía alternativa ofrecida por la compañía o que no sea por una causa extraordinaria.
Cualquier reclamación por un importe de 2000 euros o superior deberá ser presentada ante el juzgado con la presencia necesaria de un abogado y un procurador y se le repercutirán las costas del juicio en caso de sentencia desfavorable, siendo obligatoria la presencia del demandante en el juicio ya que en caso contrario puede darse la razón a la compañía aérea en sus alegaciones y además ser multado por el juez. En Ibisum Advocats podemos responder a sus dudas e iniciar las acciones adecuadas a su caso concreto con el fin de mitigar el disgusto ocasionado en su tiempo de ocio y diversión.