Protocolo en la empresa familiar.

En el ejercicio profesional  de nuestro despacho Ibisum Advocats con asiduidad  analizamos casos donde confluyen dos líneas que a priori parecen incompatibles, aunque la historia muchas veces nos demuestra lo contrario. La empresa familiar  y de éxito. Cómo conseguimos que estas dos líneas que en principio parecen correr paralelas puedan unirse por el bien común del futuro y perviviencia de la misma.

Las empresas nacen, crecen y… se heredan, y si éste simple y natural gesto no se hace de manera ordenada puede acabar con la continuidad de la saga embrionaria.

Ante estos casos dónde se prevee que por la magnitud del proyecto de futuro y el capital humano que pueda incorporarse  a la misma se aconseja poner las bases de un PROTOCOLO FAMILIAR.

Esto  es, ni más ni menos,  que plasmar por escrito un compromiso donde se desglose cada uno de los supuestos de integración en el staff de la empresa de los componentes del núcleo inicial y de sus descendientes con el bien común de buscar el equilibrio de rentabilidad-continuidad de la empresa y la buena convivencia humana o armonía familiar, algo que a veces es difícil de sintonizar.

En realidad el objetivo de este compromiso es dejar muy claras las líneas de actuación y encaje de cada miembro dentro del organigrama para evitar supuestos de solapamientos de funciones y en el peor de los casos disputas que sólo llevarían a la paralización de la actividad por dejadez o exceso de celo en cada paso que se deba realizar.

Este acuerdo de consenso debe ser votado por mayoría y siempre, nosotros como testigos e impulsores de dicho acuerdo, debemos evitar que flote en el ambiente una sensación de perdedores y ganadores.

Este protocolo se redacta expresamente para cada caso concreto siendo único e irrepetible y se debe asentar en cuatro líneas de trabajo destacadas:

  • Trabajo: Este apartado es relativo a las funciones, encaje, mandatos y atribuciones. ¿Cómo elegimos a los que formarán parte de la empresa y en que puestos, remuneraciones? etc. Debemos contemplar todos los supuestos ya que van a formar parte del día a día y debemos preveer todos sus mecanismos desde cómo elegimos a los que se incorporan hasta como se evalúa y asciende o despide a alguien según sea el caso concreto.
  • Gobierno: Cómo se elige el órgano de gobierno, requisitos para el mismo, remuneración, como se da cuenta a la familia, cada cuanto. ¿Habrá consejo de familia? Si lo hubiere cada cuanto se reúne, quien lo conforma, etc
  • Propiedad: Siendo los demás puntos delicados este es quizás el mayor. Distribución de acciones, a quienes. ¿Se puede vender la empresa? En su totalidad o parcialmente sus acciones? ¿Quien tiene prioridad? Como se monta un fondo de contingencia… mientras más supuestos se contemplen menos sorpresa y vacíos podemos encontrarnos ante una situación de excepcionalidad.
  • Sucesión. ¿Cuando se produce? quienes deben ascender en el organigrama, como se replantea el crecimiento familiar, cuando es hora de retirarse? Imprevistos en la sucesión…

En cuanto al entorno legal de todo este protocolo podemos establecer tres niveles.

El marco que nos provee el Código de Comercio y la Ley de Sociedades cuyos códigos debemos respetar sin alteraciones.

Las cláusulas que atañen a los contratos privados entre las partes de obligado cumplimiento por mandato expreso.

Y un tercer nivel que hace mención a los pactos de “honor” que son los impuestos por la familia cuya repercusión social pueda verse afectada siendo punibles moralmente, pero que tienen una gran importancia para regular el equilibrio existencial de la sociedad familiar.

Estamos viendo casos de gran repercusión mediática en estos días donde confluyen intereses y desencuentros familiares que afectan al patrimonio común y que a pesar de que intuimos un detallado y minuciosamente estudiado protocolo familiar suele haber resquicios por donde se filtran discrepancias. A los hechos nos remitimos y como siempre decimos es fundamental anticiparse a los hechos para evitar problemas futuros.

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