En el mes de Julio del año 2015 entró en vigor la nueva Ley de Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
Esta ley surge con el propósito de ayudar en unos momentos en que la economía estaba atravesando unos de los peores momentos, la crisis no distinguía de modelos y estaba creando un gran desasosiego social y familiar con importantes pérdidas patrimoniales.
En el marco legal la cobertura de esta ley es para la protección de los particulares y los profesionales autónomos que luego de un traspié financiero puedan acceder a una oportunidad de reinsertarse sin tener que perder su patrimonio personal.
El primer escalón que debemos enfrentar es el de tratar de llegar a un acuerdo con los acreedores para afrontar la liquidación o un calendario de pagos no superior a diez años. Esta parte del proceso es tutelada por un juez.
Durante este tiempo de dialogo, el más importante, surge la figura del Mediador Concursal que en realidad es quien va a llevar la operativa como interlocutor entre el deudor y el o los acreedores.
Si luego de pasado este período de negociación no se llega a un acuerdo se puede pedir el Concurso de Acreedores.
Para poder acceder a esta nueva oportunidad hay que cumplir una serie de requisitos como los de no haber sido condenado previamente por delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o contra el Derecho y Libertad de los trabajadores por los menos en los diez años anteriores a esta solicitud.
No haber sido declarado culpable por “administración desleal” o no haber rechazado una oferta de empleo adecuada a su capacidad en los últimos cuatro años.
Una vez cumplimentado todo el orden establecido tenemos que aclarar que NO todas las deudas desaparecen, las contraídas con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social y las derivadas por manutención en caso de divorcios continúan su proceso.
Las deudas que se cancelan en su totalidad son las derivadas de hipotecas, avales, tarjetas de crédito, préstamos, por ejemplo. Las deudas contraídas con las administraciones públicas si bien no son exoneradas en su totalidad pueden lograrse importantes quitas de intereses, multas etc. y acogerse a un plan de pago que haga más factible poder atender estas obligaciones.
En Ibisum Advocats podemos guiarte y asesorarte en todo este proceso, tenemos una acreditada experiencia como Mediadores Concursales y estamos capacitados para reconducirte y que este traspié de hoy se convierta en una oportunidad para tu futuro.