Identificación de personas.

Tratamos este asunto desde la objetividad manifiesta que nos da el conocer detalles particulares de algunas actuaciones que pueden derivarse de la identificación de las personas por cuerpos de seguridad.

Muchos de nosotros hemos sido testigos de algún relato donde se explica una situación vivida por terceros donde sin motivo alguno (aparente) y sin mediar ningún hecho constitutivo de delito, miembros de algún cuerpo de seguridad (Mossos, Policía, Guardia Civil) han procedido a solicitar que se identifique en plena vía pública a un individuo.

Si el caso fuera sencillo, es decir se muestra el DNI se intercambia algún comentario sobre el supuesto y nada más, no tendría mayor trascendencia, pero aquí nos referimos cuando la situación se complica, por lo general porque ese individuo se niega a mostrar su documento de identidad porque no estaba haciendo “nada”.

¿Podemos proceder de esa manera? Primero debemos comentar que cualquier identificación debe estar motivada, el problema deviene en quien determina el motivo. En última instancia lo dirimiría  un juez evidentemente pero llegar a esa instancia es porque la situación a derivado en algo más grave, como desobediencia a la autoridad etc. la L.O. 1/92 de Seguridad Ciudadana nos dice claramente sobre la obligatoriedad de identificarse, con lo cual nos podemos identificar por muchos medios pero siendo los documentos legales los que realmente van a acreditar la identidad de la persona.

Cuando una persona se niega a identificarse y es “invitada” a acompañar a los agentes a las dependencias policiales para proceder a verificar su identidad por otros medios, erróneamente creemos que podemos negarnos. Aquí el asunto se complica ya que si llegado a este extremo nos trasladan por la fuerza pensamos que hemos sido detenidos pero hay numerosas sentencias, incluso del TS en donde este hecho no era una detención sino una “molestia” que el ciudadano estaba obligado a soportar.

Resumiendo porqué vamos a complicarnos la vida pudiendo ser todo mucho más sencillo, si nos solicitan con la debida educación y corrección que nos identifiquemos, sino tenemos nada que ocultar, pues mostramos nuestro DNI/Pasaporte y seguramente no habrá ningún problema derivado del mismo. A veces nos dejamos llevar por el estado emocional y complicamos la situación ganándonos un disgusto sin sentido. O acaso no recordamos cuando éramos jovencitos y nos pedían el DNI para entrar en la discoteca? Claro que no podían legalmente hacerlo, pero si no lo mostrabas no entrabas y asunto terminado.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies